28/10/15

TPL - BOLETIN Nº 27


TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Torneo Integración “Cuatro ciudades ”
Divisiones Superiores
Boletín Nro. 27 - 18/10/2015 - 8ª Fecha 

Resolución Nº 288 Club Ing. Jorge NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
ARBEO, Martín – LOPEZ OSORNIO, Cristián por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
ARAYA, Ramiro por un (1) partido aplicando el Art. 201 b) 4. y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de dos a doce partidos al jugador: b) Incurra en cualquier agresión violenta prohibida por las Reglas de Juego como: 4. Codazo al adversario mientras disputan la pelota. 
Resolución Nº 289 Club Leandro ALEM
Amonestar a los jugadores:
ROSSI, Oscar – GLERE, Mauro – GERMAIN, Nicolás – GARCÍA, Rodrigo – MIEREZ, Juan – PEREZ CASTILLO, Emanuel por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 290 Club A. LILAN
Amonestar a los jugadores:
CELIS, Sergio – RUIZ, Hernán – LINARES, Enzo – ZELAYA, Franco por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
CELIS, Sergio por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe: suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva. 

Resolución Nº 291 Club A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
ALBO, Franco – NEGRETTE, Julio – DRIES, Francisco – CAPARROS, Juan F. - TELLECHEA, Lucas – TELLECHEA, Rubén – SAINT GIRONS, Esteban por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
SERVAT, Gustavo por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 292 Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar al jugador:
BALMA, Lautaro – NUÑEZ, Maximiliano – LOPEZ, Maximiliano - CORREA, Waldemar – BAIGORRIA, Claudio – PADIN, Nicolás por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 293 Club A. Jorge NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
RODRIGUEZ, Ramón – CORREA, Mario – GOROSITO, Emilio – ALBASI, Matías – LAFFITE, Enzo – COLLMAN, Jorge – BRUSEGHINI, Tomás por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
ALBISU, Ignacio por dos (2) partidos, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 294 Club INDEPENDIENTE
Amonestar a los jugadores:
MORENO, Facundo – PERICO, Pablo – PINEDO, Alan – CASTILLO, Esteban – CICCOCIOPPO, Julián – SIRIÓN, Julián por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
SIRION, Julián por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe: suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva. 

Resolución Nº 295 RACING A. Club
Amonestar a los jugadores:
NAVARRO, Andrés – LARA, Michel - PEREZ, Nicolás – PEZZET, Luciano – RIPPA, Tomás - MARTINEZ, Franco – FERNANDEZ, Santiago por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el Art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 296 Club VILLA VENTANA
Amonestar a los jugadores:
STRABIC, Juan Pablo – GIMENEZ, Alejandro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 297 Club DEPORTIVO BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
MOLINA, Francisco – LUCERO, Juan Manuel – JAIME, Juan –ISLAS, Yonathan por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
VERA, Juan Daniel por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 298 Club PELOTA
Amonestar a los jugadores:
FERNANDEZ, Francisco - CAJAL, Michael – DANIELE, Marcos – LLANO, Martín por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender a los jugadores:
BOTTINI, Eric por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
CAJAL, Michael provisionalmente aplicando el Art. 22, el cual se transcribe: Art. 22 - Si al sesionar el Tribunal de Penas las actuaciones producidas no se hallaren en estado de resolverse definitivamente, corresponde decretar la inmediata suspensión provisional del acusado de falta cometida en calidad de jugador, integrante del personal técnico, empleado de club, árbitro, juez de línea, asistente deportivo u otras autoridades establecidas con funciones de análogo carácter; y realice el correspondiente descargo por escrito antes de la próxima reunión de este Tribunal de Penas (martes 3 de noviembre 2015), que le compete de conformidad con el art. 8 del Reglamento de Transgresiones y Penas.-

Resolución Nº 299 Club ALMACENEROS
Amonestar a los jugadores:
GASMAN, Ramiro – PEREDO, Sebastián – HADERNE, David por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 300 Club A. ALUMNI
Amonestar a los jugadores:
CASCO, Sergio – ROTH, Gustavo – VELAZQUEZ, Alexis – PEREZ, Rafael por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
PEREZ, Rafael por dos (2) partidos aplicando el Art. 200 a) 1 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partido. 

Resolución Nº 301 Club DIVISORIO
Amonestar a los jugadores:
BIBE, José – DIODATO, Maximiliano – DIODATO, Leonardo por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
VEYRIES, Guillermo por dos (2) partidos aplicando el Art. 200 a) 1 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos 

Dr. Farina Jorge
Presidente
Molinuevo, Eduardo Río, María Celeste
Secretario Pro-Secretario 

Tarjetas Rojas C.A.J.N.

 ALBISU, Ignacio - 2 (A cumplir con Alem)
 FEIJO, Sebastián - 2 (Cumplidas)
SAINT GIRONS, Hugo - 1 (Cumplida)
ALBISU, Ignacio - 1 (Cumplida)

Tarjetas Amarillas Acumuladas C.A.J.N.

LAFITTE, Enzo - 4  
ALBASI, Matias - 3
COLLMAN, Jorge -3
GOROSITO, Emilio - 3
CORREA, Mario - 3
BRUSEGHINI, Tomas - 2
CARRIZO, Franco - 2
CATALDO, Eric - 2 
GUTIERREZ, Lucas -2
MENDIA, Cristian - 2
PERALTA, Jonathan - 2 
SAN MARTIN, Daniel - 2
VATER, Juan Pablo - 2
ALBISU, Ignacio - 1
BERTELLYS, Sergio - 1  
HATRICK, Agustín - 1
ORTIZ, Nicolas - 1
PAVON, Gonzalo - 1
PUGNI, Patricio - 1 
RODRIGUEZ, Ramon - 1
VILLAVICENCIO, Julián - 1
CME

Envia las fotos que tengas con el Albinegro a cme713@hotmail.com y pronto serán publicadas
 

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