TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Torneo Integración “Cuatro ciudades” – Divisiones Superiores -
Boletín Nro. 25 - 04/10/2015 - 6ª Fecha
Resolución Nº 260 RACING A. Club
Amonestar
a los jugadores:
GARTLAND,
Néstor – GOÑI, Lorenzo - CARRICART, Juan – NAVARRO, Andrés – MARTINEZ,
Franco – SOUDRELLE, Denis – ABAD, Santiago – LARA, Diego por el Art. 240
– Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los
casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el Art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
NAVARRO, Andrés por un (1)
partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe: suspensión de uno a
cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el
Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos,
impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en
forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva.
Resolución
Nº 261 Club A. Jorge NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
CATALDO, Eric – GOROSITO, Emilio – LAFFITE,
Enzo – ALBASI, Matías – ORTIZ Nicolás – VILLAVICENCIO, Julián por el
Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos
los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona,
tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta
por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos
de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
FEIJOO, Sebastián por dos (2)
partidos aplicando el Art. 200 a) 8 y Art. 220, el cual se transcribe:
Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro
jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde
atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que
llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre
ambos jugadores.
Resolución Nº 262 Club VILLA VENTANA
Amonestar
a los jugadores:
RASPEÑO,
Pedro – ESPINO, Carlos – MILANESIO, Ezequiel por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
MARTINEZ, Alejandro por dos (2)
partidos aplicando el Art. 200 a) 1 y Art. 220, el cual se transcribe:
Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro
jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde
atrás el mínimo para
este hecho será de cuatro partidos: 1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.
Resolución Nº 263 Club A. PLATENSE
Amonestar
a los jugadores:
NEGRETTE,
Julio – CARRIZO, Ezequiel – VILELA, Iván – RODRIGUEZ, Braian – SERVAT,
Gustavo (2) – SIRACO, Kevin por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
BARRAGÁN, Cristián por un (1) partido,
aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro
partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga
dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Resolución Nº 264 Club INDEPENDIENTE
Amonestar a los jugadores:
MORENO, Facundo – AGUIRRE,
Franco – HOMBRE, Sebastián – SIRIÓN, Agustín – PASCAL, Guillermo –
RAMOS, Luciano por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe:
La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento.
Suspender a los jugadores:
VARGAS, Nicolás – LEOZ, Benjamín –
CASTILLO, Esteban todos por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el
cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que
en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la
consecuente expulsión.
SIRION AGUSTIN por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se
transcribe: suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división
superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones
cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos
oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la
temporada respectiva
Resolución Nº 265 Club ALMACENEROS
Amonestar a los jugadores:
GOMEZ, Federico – GASMAN,
Ramiro – BERTANI, Mauricio – HADERNE, David por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 266 Club A. ALUMNI
Amonestar a los jugadores:
SISTERNA, Dante – SUAREZ,
Martín – ALARCÓN, Iván – GIANINI, Ariel – MARTINEZ, Pablo – ROTH,
Gustavo – PEREZ, Rafael por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender a los jugadores:
MELIAN, Hugo por tres (3)
partidos aplicando el Art. 200 a) 1, 48 y Art. 220, el cual se
transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que
agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está
aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos:
1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos
jugadores.(Reincidente)
CONTO, Mauro por dos (2) partidos aplicando el Art. 185 y Art. 220,
el cual se transcribe: Suspensión de cuatro a quince partidos al jugador
que provoque de palabra o actitud al árbitro, discuta en tono violento,
ofenda o insulte, se mofe o burle de palabra, gesto, actitud o ademán
inequívoco, hacerle ademanes obscenos o injuriosos, manosearlo o
tironearlo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio.
BAIGORRIA, Enzo por un (1)
partido aplicando el Art. 204, el cual se transcribe: Suspensión de uno a
seis partidos, al que juegue en forma brusca, fuerte o violenta.
Resolución Nº 267 Club Leandro ALEM
Amonestar
a los jugadores:
ACOSTA,
Martín – MACHADO, Ignacio – PEREYRA, Gonzalo por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 268 Club DIVISORIO
Amonestar
a los jugadores:
AMONDARAIN,
Alan – ACOSTA, Jonathan – DIODATO, Maximiliano por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución
Nº 269 Club PELOTA
Amonestar a los jugadores:
GUZMAN, Axel – PEREZ, Manuel – SALI, Jerónimo –
VILLARREAL, Oscar – LESCANO, Luis por el Art. 240 – Amonestación, el
cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
CASTRO, Lucas por dos (2) partidos
aplicando el Art. 200 a) 8 y Art. 220, el cual se transcribe:
Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro
jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde
atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que
llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre
ambos jugadores.
Resolución Nº 270 Club A. LILAN
Amonestar
a los jugadores:
CORIA,
Joaquín – MARTIN, Facundo – LINARES, Enzo – RUIZ, Hernán – ZELAYA,
Franco por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se
tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art.
208 de este Reglamento
Resolución Nº 271 Club Ing. Jorge
NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
GOMEZ, Marcos – ARBEO, Martín – STEIMBACH, Esteban – ARAYA,
Ramiro – RAUCHS, Héctor por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender a los jugadores:
NAVARRO, Matías por dos
(2) partidos aplicando el Art. 200 a) 1 y Art. 220, el cual se
transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que
agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está
aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos:
1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.
BILLANI, Julio por un (1)
partido aplicando el Art. 186, el cual se transcribe: Suspensión de uno a
cuatro partidos al jugador que proteste los fallos del árbitro o se
dirija en término descomedidos o con ademán airado hacia la persona del
árbitro, siempre que sean de menor gravedad que los previstos en el art.
185.
ARAYA, Ramiro
por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe:
suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que
registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran
los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales
diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada
respectiva.
Resolución Nº 272 Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar
al jugador:
BALMA, Lautaro por el
Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos
los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona,
tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta
por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos
de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
MEHLHOSE, Enzo por un (1) partido,
aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro
partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga
dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Resolución Nº 273 Club DEPORTIVO BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
RIOS, Sergio – BOGARIN,
David – BALCEDO, Joel por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
MARCONI, Agustín provisionalmente
aplicando el Art. 22, el cual se transcribe: Art. 22 - Si al sesionar el
Tribunal de Penas las actuaciones producidas no se hallaren en estado
de resolverse definitivamente, corresponde decretar la inmediata
suspensión provisional del acusado de falta cometida en calidad de
jugador, integrante del personal técnico, empleado de club, árbitro,
juez de línea, asistente deportivo u otras autoridades establecidas con
funciones de análogo carácter; y realice el correspondiente descargo por
escrito antes de la próxima reunión de este Tribunal de Penas, que le
compete de conformidad con el art. 8 del Reglamento de Transgresiones y
Penas.-
Dr. Farina Jorge
Presidente
Molinuevo, Eduardo Río, María Celeste
Secretario Pro-Secretario
Tarjetas Rojas C.A.J.N.
Tarjetas Rojas C.A.J.N.
FEIJO, Sebastián - 2 (Cumple vs. Independiente y Juventud)
SAINT GIRONS, Hugo - 1 (Cumplida)
ALBISU, Ignacio - 1 (Cumplida)
ALBISU, Ignacio - 1 (Cumplida)
Tarjetas Amarillas Acumuladas C.A.J.N.
LAFITTE, Enzo - 3
CARRIZO, Franco - 2
CATALDO, Eric - 2
COLLMAN, Jorge - 2
CORREA, Mario - 2
VATER, Juan Pablo - 2
GOROSITO, Emilio - 2
PERALTA, Jonathan - 2 VATER, Juan Pablo - 2
ALBASI, Matias - 1
ALBISU, Ignacio - 1
BERTELLYS, Sergio - 1
BRUSEGHINI, Tomas - 1
GUTIERREZ, Lucas - 1
HATRICK, Agustín - 1
MENDIA, Cristian - 1
ORTIZ, Nicolas - 1
PAVON, Gonzalo - 1
PAVON, Gonzalo - 1
PUGNI, Patricio - 1
SAN MARTIN, Daniel - 1
VILLAVICENCIO, Julián - 1
CME
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