9/10/15

TPL - BOLETIN Nº 25


TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Torneo Integración “Cuatro ciudades” – Divisiones Superiores -
Boletín Nro. 25 - 04/10/2015 - 6ª Fecha 
 

Resolución Nº 260 RACING A. Club
Amonestar a los jugadores:
GARTLAND, Néstor – GOÑI, Lorenzo - CARRICART, Juan – NAVARRO, Andrés – MARTINEZ, Franco – SOUDRELLE, Denis – ABAD, Santiago – LARA, Diego por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el Art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
NAVARRO, Andrés por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe: suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva. 

Resolución Nº 261 Club A. Jorge NEWBERY 
Amonestar a los jugadores:
CATALDO, Eric – GOROSITO, Emilio – LAFFITE, Enzo – ALBASI, Matías – ORTIZ Nicolás – VILLAVICENCIO, Julián por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
FEIJOO, Sebastián por dos (2) partidos aplicando el Art. 200 a) 8 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores. 
Resolución Nº 262 Club VILLA VENTANA
Amonestar a los jugadores:
RASPEÑO, Pedro – ESPINO, Carlos – MILANESIO, Ezequiel por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
MARTINEZ, Alejandro por dos (2) partidos aplicando el Art. 200 a) 1 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para
este hecho será de cuatro partidos: 1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.

Resolución Nº 263 Club A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
NEGRETTE, Julio – CARRIZO, Ezequiel – VILELA, Iván – RODRIGUEZ, Braian – SERVAT, Gustavo (2) – SIRACO, Kevin por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
BARRAGÁN, Cristián por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 264 Club INDEPENDIENTE
Amonestar a los jugadores:
MORENO, Facundo – AGUIRRE, Franco – HOMBRE, Sebastián – SIRIÓN, Agustín – PASCAL, Guillermo – RAMOS, Luciano por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender a los jugadores:
VARGAS, Nicolás – LEOZ, Benjamín – CASTILLO, Esteban todos por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
SIRION AGUSTIN por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe: suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva 

Resolución Nº 265 Club ALMACENEROS
Amonestar a los jugadores:
GOMEZ, Federico – GASMAN, Ramiro – BERTANI, Mauricio – HADERNE, David por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 266 Club A. ALUMNI
Amonestar a los jugadores:
SISTERNA, Dante – SUAREZ, Martín – ALARCÓN, Iván – GIANINI, Ariel – MARTINEZ, Pablo – ROTH, Gustavo – PEREZ, Rafael por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender a los jugadores:
MELIAN, Hugo por tres (3) partidos aplicando el Art. 200 a) 1, 48 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.(Reincidente)
CONTO, Mauro por dos (2) partidos aplicando el Art. 185 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de cuatro a quince partidos al jugador que provoque de palabra o actitud al árbitro, discuta en tono violento, ofenda o insulte, se mofe o burle de palabra, gesto, actitud o ademán inequívoco, hacerle ademanes obscenos o injuriosos, manosearlo o tironearlo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio.
BAIGORRIA, Enzo por un (1) partido aplicando el Art. 204, el cual se transcribe: Suspensión de uno a seis partidos, al que juegue en forma brusca, fuerte o violenta. 

Resolución Nº 267 Club Leandro ALEM
Amonestar a los jugadores:
ACOSTA, Martín – MACHADO, Ignacio – PEREYRA, Gonzalo por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 268 Club DIVISORIO
Amonestar a los jugadores:
AMONDARAIN, Alan – ACOSTA, Jonathan – DIODATO, Maximiliano por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Resolución Nº 269 Club PELOTA 
Amonestar a los jugadores:
GUZMAN, Axel – PEREZ, Manuel – SALI, Jerónimo – VILLARREAL, Oscar – LESCANO, Luis por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
CASTRO, Lucas por dos (2) partidos aplicando el Art. 200 a) 8 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores. 

Resolución Nº 270 Club A. LILAN 
Amonestar a los jugadores:
CORIA, Joaquín – MARTIN, Facundo – LINARES, Enzo – RUIZ, Hernán – ZELAYA, Franco por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento 

Resolución Nº 271 Club Ing. Jorge NEWBERY 
Amonestar a los jugadores:
GOMEZ, Marcos – ARBEO, Martín – STEIMBACH, Esteban – ARAYA, Ramiro – RAUCHS, Héctor por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender a los jugadores:
NAVARRO, Matías por dos (2) partidos aplicando el Art. 200 a) 1 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.
BILLANI, Julio por un (1) partido aplicando el Art. 186, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos al jugador que proteste los fallos del árbitro o se dirija en término descomedidos o con ademán airado hacia la persona del árbitro, siempre que sean de menor gravedad que los previstos en el art. 185.
ARAYA, Ramiro por un (1) partido aplicando el Art. 208, el cual se transcribe: suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva. 

Resolución Nº 272 Club S. y D. JUVENTUD
Amonestar al jugador:
BALMA, Lautaro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
MEHLHOSE, Enzo por un (1) partido, aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. 

Resolución Nº 273 Club DEPORTIVO BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
RIOS, Sergio – BOGARIN, David – BALCEDO, Joel por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento. 

Suspender al jugador:
MARCONI, Agustín provisionalmente aplicando el Art. 22, el cual se transcribe: Art. 22 - Si al sesionar el Tribunal de Penas las actuaciones producidas no se hallaren en estado de resolverse definitivamente, corresponde decretar la inmediata suspensión provisional del acusado de falta cometida en calidad de jugador, integrante del personal técnico, empleado de club, árbitro, juez de línea, asistente deportivo u otras autoridades establecidas con funciones de análogo carácter; y realice el correspondiente descargo por escrito antes de la próxima reunión de este Tribunal de Penas, que le compete de conformidad con el art. 8 del Reglamento de Transgresiones y Penas.- 

Dr. Farina Jorge
Presidente
Molinuevo, Eduardo Río, María Celeste
Secretario Pro-Secretario 

Tarjetas Rojas C.A.J.N.

FEIJO, Sebastián - 2 (Cumple vs. Independiente y Juventud)
SAINT GIRONS, Hugo - 1 (Cumplida)
ALBISU, Ignacio - 1 (Cumplida)
Tarjetas Amarillas Acumuladas C.A.J.N.

LAFITTE, Enzo - 3  
 
CARRIZO, Franco - 2
CATALDO, Eric - 2 
COLLMAN, Jorge - 2
CORREA, Mario - 2
GOROSITO, Emilio - 2
PERALTA, Jonathan - 2 
VATER, Juan Pablo - 2
ALBASI, Matias - 1
ALBISU, Ignacio - 1
BERTELLYS, Sergio - 1  
BRUSEGHINI, Tomas - 1
GUTIERREZ, Lucas - 1 
HATRICK, Agustín - 1
MENDIA, Cristian - 1 
ORTIZ, Nicolas - 1
PAVON, Gonzalo - 1
PUGNI, Patricio - 1
SAN MARTIN, Daniel - 1
VILLAVICENCIO, Julián - 1
CME
Envia las fotos que tengas con el Albinegro a cme713@hotmail.com y pronto serán publicadas
 

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