TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Torneo Integración “Cuatro ciudades”
- Divisiones Superiores -
Boletín Nro. 22
13/09/2015 - 3ª Fecha
Resolución Nº 218 Club INDEPENDIENTE
Amonestar a los jugadores:
MORENO, Facundo – AGUIRRE,
Franco – UGALDE, Nicolás –HOMBRE, Sebastián – CASTILLO, Esteban -
TREJO, Federico - AGUIRRE, Marcelo - SIRION, Julián – VILLALBA, Brian -
CICOCCIOPO, Julián – LORCA, Darío por el Art. 240 – Amonestación, el
cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución
Nº 219 Club LEANDRO ALEM
Amonestar a los jugadores:
CORTEZ, Marcos - GALLEGO, Nazareno – ALVAREZ,
Sebastián – GERLING, Mariano - PEREZ C., Emanuel por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
a los jugadores:
ROSSI, Oscar por
dos (2) partidos aplicando los Art. 200 inc. a) 1. Y Art. 220, el cual
se transcribe: Suspensión d tres a quince partidos al jugador: a) Que
agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está
aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos:
1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.
CASTILLO, Orlando por dos
(2) partidos aplicando los Art. 200 inc. a) 5. Y Art. 220, el cual se
transcribe: Suspensión d tres a quince partidos al jugador: a) Que
agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está
aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos:
5. Cabezazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.
HERRERIAS, Mauricio por un
(1) partido aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de
uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro
le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
MIEREZ, Juan Martín por un (1)
partido aplicando los Art. 201 inc. b) 1. Y Art. 220, el cual se
transcribe: Suspensión de dos a doce partidos al jugador: b) Incurra en
cualquier otra agresión violenta prohibida por las Reglas de Juego como:
1. Puntapié: que llegue a destino estando en juego la pelota en ese
momento entre ambos jugadores.
Resolución Nº 220 Club S. y
D. JUVENTUD
Amonestar a los jugadores:
BALMA, Lautaro - FUHR, Leandro – MINVIELLE, Gonzalo - PADIN,
Juvenal – MIRANDA, Julio – BAIGORRIA, Claudio – CASTRO, Guillermo por el
Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en
todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra
persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la
impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a
los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 221 RACING A. Club
Amonestar a los
jugadores:
NAVARRO, Andrés –
VILLEGAS, Emanuel – MARTINEZ, Franco – LARA, Braian – CARCELES, Manuel –
LARA, Diego – PESSET, Luciano – REBOLO, Heraldo por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución
Nº 222 Club A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
CAPARROS, Juan Felipe – ROJAS, Fernando –
BARRAGAN, Jorge – SALVATIERRA, Federico por el Art. 240 – Amonestación,
el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea
impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter
preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro
oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la
sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución
Nº 223 Club Ing. Jorge NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
GONZALEZ, Agustín – BALCEDO, Vladimir –
GOMEZ, Marcos – HERNANDEZ, Ezequiel – ARAYA, Ramiro por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
a los jugadores:
HURBERT, Matías
por dos (2) partidos aplicando los Art. 200 inc. a) 8 y Art. 220, el
cual se transcribe: Suspensión d tres a quince partidos al jugador: a)
Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si
está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro
partidos: 8. Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en
disputa la pelota entre ambos jugadores.
LOPEZ OSORNIO, Ezequiel por un (1) partido
aplicando el Art. 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro
partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga
dos amonestaciones con la consecuente expulsión.
Resolución Nº 224 Club Deportivo BARRACA
Amonestar
a los jugadores:
RODRIGUEZ,
Leonardo – RIOS, Sergio por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender a los jugadores:
KOPPEL, Santiago por tres (3) partidos
aplicando los Art. 200 inc. a) 8 y Art. 220, el cual se transcribe:
Suspensión d tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda
a
otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado
desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 8.
Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la
pelota entre ambos jugadores.
ENRIQUES, Diego por cinco (5) partidos aplicando los Art. 200 inc.
a) 8 - 11 y 1 y Art. 220, el cual se transcribe: Suspensión d tres a
quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole
golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para
este hecho será de cuatro partidos: 8. Plancha: que llegue a destino,
aplicada estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores. 11.
Derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente a otro
adversario o lo agarre en forma agresiva del cuello, de los cabellos,
etc. 1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.
Resolución Nº 225 Club ALMACENEROS
Amonestar a los
jugadores:
LOPEZ, Francisco –
CARO SERVENTI, Luis – CARDOZO, Emanuel - MADERNE, David por el Art.
240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los
casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender
al jugador:
BOULOCQ, Franco por dos (2)
partidos aplicando los Art. 200 inc. a) 1. Y Art. 220, el cual se
transcribe: Suspensión d tres a quince partidos al jugador: a) Que
agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está
aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos:
1. Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.
Resolución
Nº 226 Club A. VILLA VENTANA
Amonestar a los jugadores:
RUBIO, Javier – ESPINO, Carlos - RINALDI,
Nicolás - GIMENEZ, Alejandro por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 227 Club
A. ALUMNI
Amonestar a los jugadores:
BETTIGA, Diego – SUAREZ, Martín – TEJEDA, Jesús - ROHT, Gustavo
por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación
en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra
persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la
impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a
los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 228 Club DIVISORIO
Amonestar a los
jugadores:
ACORTI, José -
BASUALDO, Bruno – MAURI, Gastón – DIODATO, Leonardo - ACOSTA, Yonathan
por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación
en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra
persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la
impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a
los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 229 Club A. LILAN
Amonestar a los
jugadores:
CELIS, Sergio –
NUÑEZ, Franco por el Art. 240 – Amonestación, el cual se transcribe: La
amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o
cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina
reincidencia, salvo la impuesta
por árbitro oficial a jugador, la
que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el
art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nº 230 Club A.
J. NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
VATER, Juan Pablo – LAFFITE, Enzo por el Art. 240 –
Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos
en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene
carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por
árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de
la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución
Nº 231 Club de PELOTA
Amonestar a los jugadores:
BUSTAMANTE, Leonel – OVEJERO, Tomás – JIMENEZ,
Juan Pablo – HERRERA, Jesús – SERRUDA, JHONATAN - LLANO, Martín – SALI,
Jerónimo - LESCANO, Luis por el Art. 240 – Amonestación, el cual se
transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un
jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no
origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador,
la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en
el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
MAIER, Braian por un (1) partido aplicando el Art.
207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al
jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos
amonestaciones con la consecuente expulsión.
Tribunal de Penas Laprida
Tarjetas Amarillas Acumuladas C.A.J.N.
CORREA, Mario - 2
HATRICK, Agustín - 1
BRUSEGHINI, Tomas - 1
GUTIERREZ, Lucas - 1
CATALDO, Eric - 1
PUGNI, Patricio - 1
GOROSITO, Emilio - 1
COLLMAN, Jorge - 1
SAN MARTIN, Daniel - 1
ALBISU, Ignacio - 1
LAFITTE, Enzo - 1
VATER, Juan Pablo - 1
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