27/7/12

TORNEO OFICIAL 2012 - SANCIONES


TRIBUNAL DE PENAS DE LAPRIDA
Divisiones Primera y Reserva
Boletín Nro. 20

Partidos jugados por la décima séptima fecha el 22/07/2012

Resolución Nro. 98 C.A. LILAN
Amonestar a los jugadores:
ZELAYA, Franco – FERNANDEZ, Mario – SCACHERI, Manuel – CABRERA, Dardo – LEZANA, Héctor por el Art. 240–Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender a los jugadores:
CORREA, Alexis por un (1) partido aplicando los Art 208, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva.

LOPEZ, Nahuel por seis (6) partidos aplicando el Art 200, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 1) Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores y 9) Pisar intencionalmente al adversario estando el juego detenido.

Resolución Nro. 99 C.A. Jorge NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
BERTOLOTTO, Sebastián – PERALTA, Camilo por el Art. 240–Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.

Suspender a los jugadores:
VIVAS, José Luis por tres (3) partidos aplicando los Art 200, el cual se transcribe: Suspensión de tres a quince partidos al jugador: a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si está aplicado desde atrás el mínimo para este hecho será de cuatro partidos: 11) Derribe, embista, empuje, de empellones o zamarreé violentamente a otro adversario o lo agarre e forma agresiva del cuello, de los cabellos, etc.

Resolución Nro. 100 ING. JORGE NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
FERNANDEZ, Gastón – LORCA, Carlos por el Art 240-Amonestación, el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.

TP
Envia las fotos que tengas con el Albinegro a cme713@hotmail.com y pronto serán publicadas
 

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