Boletín Nro. 15
Partidos jugados por la décima segunda, jugada el 17/06/2012
Resolución Nro. 70 C.A. JORGE NEWBERY
Amonestar a los jugadores:
BERTOLOTTO, Matías – AGUIRRE, Esteban – BERTOLOTTO, Sebastián – LANDA, Emmanuel – BERTELLYS, Sergio por el Art. 240 – el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
IBARROLA, Esteban por dos (2) partidos aplicando el Art 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. Y el Art 48, el cual se transcribe: La reincidencia debe considerarse agravante de la infracción y salvo los casos expresamente consignados, el Tribunal de Penas deberá aumentar la pena en la siguiente forma: a) Si se trata de partidos: 1. Al reincidente se le aplicará un partido más al total de la pena impuesta.
Resolución Nro. 71 C. A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
QUINTEROS, Lucas – BARRAGAN, Jorge – LASTRA, Cristian – SALVATIERRA Federico por el Art 240 - el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nro. 72 RACING A.C.
Amonestar a los jugadores:
GOMEZ, Matías – Suarez, Jonathan – GOMEZ, Gonzalo – LARA, Braian por el Art 240 el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nro. 73 C. A. DEPORTIVO BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
SERRANO, Yonatan – ERDOCIA, Fermín – RIOS, Marcos por el Art. 240 el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nro. 74 C.A.LILAN
Amonestar a los jugadores:
CELIS, Sergio – BENASSI, Julián – BERNADAZ, Agustín - FERNÁNDEZ, Mario – CELIS, Lucas – MONTENEGRO, Pedro por el Art 240 - el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución N° 75 C.S. y D. JUVENTUD
Amonestar a los jugadores:
ROBERT, Nicolás – MEHLHOSE, Enzo – FUHR, Leandro – CARRIZO, Cristián – GALOTTI, Martín por el Art 240 - el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
CARRIZO, Cristián por un (1) partido aplicando el Art 208, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco (5) amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestos por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva.
Amonestar a los jugadores:
BERTOLOTTO, Matías – AGUIRRE, Esteban – BERTOLOTTO, Sebastián – LANDA, Emmanuel – BERTELLYS, Sergio por el Art. 240 – el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
IBARROLA, Esteban por dos (2) partidos aplicando el Art 207, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos, al jugador que en un mismo encuentro el árbitro le imponga dos amonestaciones con la consecuente expulsión. Y el Art 48, el cual se transcribe: La reincidencia debe considerarse agravante de la infracción y salvo los casos expresamente consignados, el Tribunal de Penas deberá aumentar la pena en la siguiente forma: a) Si se trata de partidos: 1. Al reincidente se le aplicará un partido más al total de la pena impuesta.
Resolución Nro. 71 C. A. PLATENSE
Amonestar a los jugadores:
QUINTEROS, Lucas – BARRAGAN, Jorge – LASTRA, Cristian – SALVATIERRA Federico por el Art 240 - el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nro. 72 RACING A.C.
Amonestar a los jugadores:
GOMEZ, Matías – Suarez, Jonathan – GOMEZ, Gonzalo – LARA, Braian por el Art 240 el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nro. 73 C. A. DEPORTIVO BARRACAS
Amonestar a los jugadores:
SERRANO, Yonatan – ERDOCIA, Fermín – RIOS, Marcos por el Art. 240 el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución Nro. 74 C.A.LILAN
Amonestar a los jugadores:
CELIS, Sergio – BENASSI, Julián – BERNADAZ, Agustín - FERNÁNDEZ, Mario – CELIS, Lucas – MONTENEGRO, Pedro por el Art 240 - el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Resolución N° 75 C.S. y D. JUVENTUD
Amonestar a los jugadores:
ROBERT, Nicolás – MEHLHOSE, Enzo – FUHR, Leandro – CARRIZO, Cristián – GALOTTI, Martín por el Art 240 - el cual se transcribe: La amonestación en todos los casos en que sea impuesta a un jugador o cualquier otra persona, tiene carácter preventivo y no origina reincidencia, salvo la impuesta por árbitro oficial a jugador, la que se tendrá en cuenta a los efectos de la sanción establecida en el art. 208 de este Reglamento.
Suspender al jugador:
CARRIZO, Cristián por un (1) partido aplicando el Art 208, el cual se transcribe: Suspensión de uno a cuatro partidos a jugador de división superior que registre en el Tribunal de Penas cinco (5) amonestaciones cualquiera fueran los motivos, impuestos por los árbitros en partidos oficiales diferentes, ya sea en forma consecutiva o alternada, en la temporada respectiva.
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